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Banca y crédito

La tarjeta revolving: por qué la deuda no baja

Existe una cuota mensual exacta por debajo de la cual una deuda revolving no se extingue nunca: la que iguala a los intereses del mes. Por encima de ella, cada euro adicional recorta el plazo de forma desproporcionada. Aquí está el cálculo.

Una tarjeta revolving no es una tarjeta cara: es una tarjeta sin plazo. Esa es la diferencia que lo explica todo. En un préstamo normal la cuota se calcula a partir de un vencimiento pactado; en un revolving eliges la cuota y el vencimiento sale de ella, hacia donde salga. Y existe una cuota exacta, calculable con una multiplicación, por debajo de la cual la deuda no se extingue jamás.

Qué es exactamente el crédito revolvente

El artículo 33 bis de la Orden EHA/2899/2011, introducido por la Orden ETD/699/2020, lo define como el crédito al consumo de duración indefinida, o de duración definida prorrogable de forma automática, concedido a personas físicas, en el que el crédito dispuesto no se satisface en su totalidad al final del periodo de liquidación pactado. Esa última frase es la definición operativa: si al cierre del mes pagas todo lo gastado, no hay revolving; si pagas una parte, lo hay.

El mecanismo tiene tres piezas:

  • Un límite de crédito, que es el techo de lo que puedes deber en cada momento.
  • Un saldo dispuesto, que baja con lo que amortizas y sube con cada compra, cada disposición de efectivo y, en su caso, con los intereses y las comisiones liquidados.
  • Una modalidad de pago: cuota fija en euros o un porcentaje del saldo dispuesto, que tú eliges dentro de los mínimos que fije la entidad.

Lo que amortizas vuelve a estar disponible. De ahí el nombre: el crédito se reconstituye. Y por eso no existe un cuadro de amortización cerrado como el que explicamos en el cuadro de amortización fila a fila: solo se puede calcular una proyección hecha sobre el saldo de una fecha concreta y con la cuota vigente en ese momento.

La mecánica, mes a mes

Tomemos un saldo dispuesto de 3.000,00 € y un tipo nominal del 20 % anual, es decir un 1,6667 % mensual. Las cifras son un ejemplo construido para el cálculo, no el tipo de ningún contrato real. La cuota elegida es de 60,00 € al mes.

Primeros seis meses de una deuda de 3.000,00 € con cuota de 60,00 € y tipo nominal del 20 % anual. Ejemplo calculado con liquidación mensual de intereses sobre el saldo pendiente.
MesSaldo inicialInteresesCapitalSaldo final
13.000,00 €50,00 €10,00 €2.990,00 €
22.990,00 €49,83 €10,17 €2.979,83 €
32.979,83 €49,66 €10,34 €2.969,50 €
42.969,50 €49,49 €10,51 €2.958,99 €
52.958,99 €49,32 €10,68 €2.948,31 €
62.948,31 €49,14 €10,86 €2.937,44 €
Tras 12 meses720,00 € pagados131,63 €2.868,37 €

Después de un año pagando puntualmente 60,00 € al mes, has entregado 720,00 € y la deuda ha bajado 131,63 €. El 82 % de lo pagado se ha ido en intereses. Al cabo de dos años el saldo sigue en 2.707,85 €. La deuda no es que baje despacio: es que casi no se mueve.

Umbral = saldo × tipo mensual = 3.000,00 × 0,016667 = 50,00 € Cuota de 50,00 € → el capital nunca se amortiza Cuota de 60,00 € → 109 meses (9 años y 1 mes) y 3.504,06 € de intereses Cuota de 100,00 € → 42 meses (3 años y 6 meses) y 1.193,50 € de intereses
El umbral no es una curiosidad teórica

La cuota mínima que ofrecen algunos contratos se sitúa muy cerca de ese punto de equilibrio. Diez euros por encima del umbral significan nueve años de pagos; cincuenta euros por encima, tres años y medio. La distancia entre "pagar siempre" y "pagar un tiempo razonable" son unas pocas decenas de euros al mes.

Cuánto tardas y cuánto pagas según la cuota

Plazo y coste total de una misma deuda de 3.000,00 € al 20 % nominal anual, según la cuota mensual elegida, sin nuevas disposiciones. Cálculo propio con liquidación mensual sobre el saldo pendiente.
Cuota mensualPlazoTotal pagadoIntereses
50,00 €Nunca se extingueSin límiteSin límite
60,00 €109 meses6.504,06 €3.504,06 €
75,00 €67 meses4.984,99 €1.984,99 €
100,00 €42 meses4.193,50 €1.193,50 €
150,00 €25 meses3.679,82 €679,82 €
200,00 €18 meses3.481,27 €481,27 €
277,90 €12 meses3.334,80 €334,80 €

La tabla se lee mejor de abajo arriba. Subir la cuota de 60,00 € a 100,00 € cuesta 40,00 € más al mes y ahorra 2.310,56 € de intereses y 67 meses de pagos. Es una relación muy poco intuitiva: el coste total no crece de forma proporcional al plazo, crece mucho más deprisa, porque cada mes adicional se calcula sobre un saldo que apenas ha bajado.

El listón que fija la propia norma

La Orden ETD/699/2020 dio nueva redacción al artículo 18 de la Orden EHA/2899/2011 y añadió una regla poco citada: al evaluar la solvencia para un crédito revolvente, el importe anual de las cuotas tendrá por objetivo amortizar una cuantía mínima anual del 25 % del límite del crédito concedido, calculada en doce plazos mensuales iguales con un sistema de cuota constante. Aplicado al ejemplo, con un límite de 3.000,00 €, ese objetivo son 750,00 € de capital al año, lo que exige una cuota de 106,98 €. Cualquier cuota inferior está por debajo del criterio que la propia norma considera prudente.

Volver a usar la tarjeta: el plazo deja de existir

Todo lo anterior supone que no vuelves a disponer del crédito. En cuanto lo haces, el cálculo cambia de naturaleza. Con la misma deuda de 3.000,00 €, la misma cuota de 60,00 € y un consumo nuevo de solo 30,00 € al mes, el saldo dispuesto no baja: sube a 3.263,27 € al cabo de un año, a 3.584,30 € a los dos y a 5.035,16 € a los cinco. Se paga todos los meses y se debe cada vez más. Es el rasgo que distingue al revolving de cualquier otro crédito: la amortización y la disposición conviven en la misma línea.

Por qué la TAE no responde a la pregunta

La TAE mide el coste anualizado del crédito. En un préstamo a plazo fijo eso basta, porque el vencimiento está en el contrato. En un revolving no hay vencimiento: la TAE de las siete filas de la tabla anterior es la misma y los plazos van de doce meses a nunca. Comparar dos tarjetas por su TAE es correcto para saber cuál es más cara por unidad de tiempo, e inútil para saber cuánto vas a pagar. Qué incluye y qué no incluye ese indicador está detallado en TAE y TIN.

Conviene añadir un segundo matiz, el de las comisiones. Las cuotas de emisión y mantenimiento de la tarjeta, las comisiones por disposición de efectivo y las de reclamación de posiciones deudoras se liquidan contra la misma línea y aumentan el saldo dispuesto sobre el que corren los intereses. Cuáles pueden cobrarse y con qué requisitos está en la guía de comisiones bancarias.

Anatocismo: cuándo los intereses generan intereses

El artículo 317 del Código de Comercio establece la regla por defecto: "Los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses", aunque los contratantes pueden pactar capitalizarlos, en cuyo caso se suman al capital y devengan nuevos réditos. Es decir, la capitalización no se presume: hay que pactarla.

Por eso el artículo 33 ter de la Orden EHA/2899/2011 obliga a que la información precontractual del revolving diga, en documento separado, si el contrato prevé la capitalización de cantidades vencidas, exigibles y no satisfechas, además de mencionar expresamente el término "revolving" y de incluir un ejemplo representativo con dos o más alternativas de financiación según la cuota mínima. Ese documento separado es el primer sitio donde mirar.

Qué información tiene que darte la entidad

  1. Antes de firmar. Información normalizada europea, más el documento separado del artículo 33 ter con la mención a "revolving", la capitalización, la posibilidad de cambiar la modalidad de pago y el ejemplo representativo con varias cuotas.
  2. Cada trimestre, como mínimo. El artículo 33 quinquies exige comunicarte el crédito dispuesto, el tipo deudor, la modalidad de pago con la cuota vigente, la fecha estimada en que terminarías de pagar si no hicieras más disposiciones y la cuantía total que acabarías pagando, desglosando principal e intereses.
  3. Si tu cuota es baja. Cuando la cuota queda por debajo del 25 % anual del límite, el apartado 3 de ese mismo artículo obliga a añadir escenarios de ahorro subiendo la cuota un 20 %, un 50 % y un 100 %, y a indicarte el importe de cuota mensual que liquidaría toda la deuda en un año.
  4. Cuando lo pidas. El artículo 33 sexies te da derecho a recibir en cinco días hábiles el detalle de pagos efectuados y deuda pendiente, desglosada en principal, intereses acumulados y comisiones, y el cuadro de amortización proyectado sobre el saldo de una fecha de referencia.
  5. Si amplían tu límite. Comunicación individualizada con un mes de antelación, indicando el nuevo límite, la deuda acumulada y la nueva cuota.

El marco de la usura

La norma aplicable sigue siendo la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, conocida como Ley Azcárate. Su artículo 1 declara nulo todo contrato de préstamo en que se estipule "un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso". Son dos requisitos, no uno.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha construido sobre esa fórmula una doctrina específica para el revolving. La sentencia 149/2020, de 4 de marzo, fijó que el término de comparación no es el interés legal ni el tipo medio del crédito al consumo en general, sino el tipo medio de ese mismo producto que publica el Banco de España en sus estadísticas de tipos de interés, donde existe un desglose específico de las tarjetas de crédito de pago aplazado y revolving. La sentencia 258/2023, de 15 de febrero, concretó el umbral: una diferencia superior a seis puntos porcentuales sobre ese tipo medio hace que el interés se considere notablemente superior al normal del dinero.

Un detalle técnico que cambia la comparación

El dato que publica el Banco de España es un tipo efectivo de definición restringida, que no incorpora las comisiones, mientras que la TAE del contrato sí las incorpora. El propio Tribunal Supremo advirtió de que la comparación debe hacerse entre magnitudes homogéneas. Comparar directamente la TAE de un contrato con el tipo medio publicado introduce un sesgo al alza de escasa magnitud, pero conviene saberlo antes de dar por hecho un resultado.

Si un juzgado declara usurario el contrato, el efecto lo fija el artículo 3 de la ley de 1908: el prestatario solo está obligado a entregar la suma recibida, y si ya pagó capital e intereses por encima de esa cifra, el prestamista devuelve el exceso. Es distinto del control de transparencia de una cláusula concreta, que solo expulsa esa cláusula del contrato. Esta página describe el marco; valorar un contrato concreto exige un análisis jurídico individual que aquí no se hace.

Las tres vías para salir del bucle

Partiendo siempre del mismo saldo de 3.000,00 € del ejemplo, y sin nuevas disposiciones, estas son las tres salidas y lo que cuesta cada una.

Comparación de las tres vías habituales sobre una deuda de 3.000,00 €. La columna de coste recoge solo los intereses. Los tipos son supuestos del ejemplo, no ofertas.
VíaEn qué consistePlazoIntereses
Seguir igualCuota de 60,00 € al 20 % nominal109 meses3.504,06 €
Subir la cuotaMisma línea, cuota de 100,00 €42 meses1.193,50 €
Préstamo a plazo fijoReunificar en un préstamo personal al 9 % nominal a 36 meses, cuota de 95,40 €36 meses434,37 €
Liquidar en un añoCuota de 277,90 € hasta saldo cero12 meses334,80 €

La conversión en préstamo a plazo fijo es la que más cambia la naturaleza del problema, porque introduce un vencimiento: con cuota parecida a la de 100,00 € de la segunda fila, termina antes y cuesta menos. Ahora bien, dos cautelas de cálculo. La primera, que un préstamo de reunificación puede llevar comisión de apertura y seguros vinculados, y entonces lo que hay que comparar no son los TIN sino las TAE, con la calculadora de préstamo. La segunda, que si la línea revolving queda abierta después de reunificar, el saldo puede volver a crecer y el problema se duplica.

Los tres datos que hay que tener delante

Saldo dispuesto a una fecha, tipo nominal mensual y cuota. Multiplica el saldo por el tipo mensual: eso son los intereses del mes. Réstalos de la cuota: eso es lo que amortizas. Si el resultado es cero o negativo, la deuda no baja. Los tres datos deben figurar en la información trimestral del artículo 33 quinquies; si no los encuentras, puedes pedirlos por el artículo 33 sexies y la entidad tiene cinco días hábiles para dártelos.

Preguntas frecuentes

¿Por qué mi deuda de la tarjeta no baja aunque pago todos los meses?

Porque la cuota se reparte primero entre intereses y solo lo que sobra amortiza capital. Con una cuota baja y un tipo alto, ese sobrante es de unos pocos euros. Además, si sigues usando la tarjeta, el nuevo consumo se suma al saldo dispuesto y puede superar a lo amortizado, con lo que la deuda crece mientras pagas puntualmente cada mes.

¿Cuál es la cuota mínima para que la deuda al menos no crezca?

La que iguala a los intereses del mes: saldo pendiente multiplicado por el tipo nominal mensual. Con un saldo de 3.000 € y un tipo nominal del 20 % anual, el interés del primer mes es de 50,00 €. Cualquier cuota inferior a esa cifra hace que la deuda aumente, y una cuota exactamente igual la deja congelada de forma indefinida.

¿La TAE me dice en cuánto tiempo voy a pagar la tarjeta?

No. La TAE es un precio anualizado, no un plazo. En un préstamo a plazo fijo ambas cosas van juntas porque el vencimiento está pactado; en un revolving no hay vencimiento, así que el plazo depende exclusivamente de la cuota que elijas y de si vuelves a disponer del crédito. Por eso la normativa obliga a comunicarte una fecha estimada de fin de pago cada trimestre.

¿Qué es el anatocismo en una tarjeta revolving?

Es que los intereses ya vencidos y no pagados se incorporen al capital y generen a su vez intereses. El artículo 317 del Código de Comercio parte de lo contrario: los intereses vencidos y no pagados no devengan intereses, salvo que los contratantes pacten capitalizarlos. Por eso la información precontractual del revolving debe indicar expresamente si el contrato prevé esa capitalización.

¿Cuándo se considera usurario el interés de una revolving?

La Ley de 23 de julio de 1908 exige un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias. La sentencia 258/2023 de la Sala Primera del Tribunal Supremo concretó el primer requisito: una diferencia superior a seis puntos porcentuales respecto del tipo medio de ese mismo producto publicado por el Banco de España. La comparación debe hacerse entre magnitudes homogéneas.

¿Qué pasa si un juzgado declara usurario el contrato?

El artículo 3 de la Ley de 1908 establece que el prestatario solo está obligado a entregar la suma recibida. Si ya había pagado parte del capital más intereses, el prestamista devuelve lo que exceda del capital prestado. Es una consecuencia distinta de la nulidad por falta de transparencia de una cláusula concreta, que deja el resto del contrato en pie.

Fuentes

Las cifras de esta página proceden de normativa publicada y de organismos oficiales. Enlazamos la fuente para que puedas comprobarlas tú.

  1. Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente, BOE. Introduce el capítulo III bis de la Orden EHA/2899/2011: artículos 33 bis a 33 sexies, y modifica el artículo 18 sobre evaluación de solvencia Consultar Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente
  2. Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, BOE. Texto consolidado con el capítulo III bis sobre créditos al consumo de duración indefinida Consultar Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios
  3. Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, BOE. Artículo 1 (definición del préstamo usurario) y artículo 3 (efectos de la nulidad) Consultar Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios
  4. Código de Comercio, artículo 317, BOE. Regla general sobre capitalización de intereses vencidos y no satisfechos Consultar Código de Comercio, artículo 317
  5. Estadísticas de tipos de interés, Banco de España. Series de tipos aplicados por las entidades de crédito, con desglose específico de tarjetas de crédito de pago aplazado y revolving Consultar Estadísticas de tipos de interés
  6. Portal del Cliente Bancario: tarjetas, Banco de España. Modalidades de pago de las tarjetas de crédito y liquidación de intereses Consultar Portal del Cliente Bancario: tarjetas

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