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Nómina

¿El permiso por matrimonio son 15 días naturales o laborables?

Naturales. Es el único permiso del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que lo dice expresamente: "quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho". Lo que la ley no dice es cuándo empieza, y ahí está la parte que se discute. El Tribunal Supremo resolvió que, si la boda cae en un día que no trabajas, el permiso arranca el primer día laborable siguiente. Desde ahí corren quince días seguidos, con fines de semana y festivos dentro. Con jornada de lunes a viernes, eso son once días de trabajo, y la nómina de ese mes no debe tener ni un euro de menos.

El permiso por matrimonio son quince días naturales: lo dice con esa palabra la letra a del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, y vale igual para la boda y para el registro de una pareja de hecho. Naturales significa que, una vez empezado, cuentan los sábados, los domingos y los festivos. Lo que se discute de verdad es el primer día, y eso lo resolvió el Tribunal Supremo. Abajo, cómo se cuentan los quince días según el día de la boda, cuántos días de trabajo cubren en la práctica, qué pasa si coincide con vacaciones o con una baja y qué tiene que salir en la nómina.

Lo que dice la ley

El artículo 37.3 permite ausentarse del trabajo "previo aviso y justificación" y "con derecho a remuneración" por una lista cerrada de motivos. El primero de la lista es este:

"a) Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho."

Es el único permiso de ese artículo que dice "naturales". Los demás hablan solo de "días": cinco por hospitalización de un familiar, dos por fallecimiento, uno por mudanza. Por eso los argumentos que valen para el permiso por fallecimiento, donde el Supremo ha dicho que los días se disfrutan en jornadas laborables, no se trasladan tal cual a este. Aquí el legislador eligió la palabra, y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo señaló en 2020 al describir un convenio español con la misma fórmula: el permiso por matrimonio es el único para el que "se indica expresamente que ha de computarse en «días naturales»".

La pareja de hecho entró en la letra a con el Real Decreto-ley 5/2023. Antes, solo tenía permiso si el convenio lo daba. El texto consolidado del Estatuto en el BOE, con la última actualización publicada el 3 de octubre de 2026, mantiene esa redacción.

Es un mínimo. El convenio puede darte más días, contarlos en laborables, dejarte empezar antes de la boda o aplazar el disfrute. Lo que no puede es darte menos de quince días naturales.

El primer día: la boda en sábado ya no te quita el fin de semana

Durante años muchas empresas contaban los quince días desde el día de la boda, cayera en lo que cayera. Con una boda en sábado, quien trabaja de lunes a viernes perdía dentro del permiso el fin de semana de la propia boda.

La sentencia 145/2018 del Tribunal Supremo, de 13 de febrero, cambió eso. Resolvía un conflicto del convenio de contact center, que daba "quince días naturales en caso de matrimonio" con la misma fórmula que el Estatuto. El tribunal razonó que los permisos "se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja", y concluyó que, si el hecho ocurre en día no laborable, "no se inicia el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar hasta el primer día laborable que le siga". Lo contrario, añadió, "podría llevar al absurdo de privar del permiso, o de días de permiso".

La misma sentencia separa dos cosas: el día en que empieza el permiso y el "cómputo de los días del permiso iniciado", que llama "cuestión distinta". Lo que fijó es el primer día. Una vez empezado, los quince días son naturales y corren seguidos.

Cuántos días de trabajo son en la práctica

Quince días naturales son dos semanas y un día. Si el permiso empieza en un día laborable y trabajas de lunes a viernes, el día sobrante es otro laborable: el permiso cubre once días de trabajo. Si se cuenta desde una boda en sábado, cubre diez. Cada festivo entre semana que caiga dentro resta uno, porque es un día natural más.

Permiso por matrimonio según el día de la boda, aplicando la sentencia del Tribunal Supremo 145/2018. Fechas de 2027. Salvo la última fila, jornada de lunes a viernes; el 12 de octubre es fiesta nacional según el artículo 37.2 del Estatuto.
BodaPermisoDías de trabajo cubiertosContando desde la boda
Viernes 11 de junio, día laborableDel 11 al 25 de junio1111 (es el mismo cálculo)
Sábado 12 de junioDel lunes 14 al lunes 28 de junio1110, del 12 al 26 de junio
Sábado 9 de octubre, con el martes 12 festivoDel lunes 11 al lunes 25 de octubre109, del 9 al 23 de octubre
Lunes 14 de junio, a turnos con descanso lunes y martesDel miércoles 16 al miércoles 30 de junio1110, del 14 al 28 de junio

La diferencia entre las dos lecturas es casi siempre un día de trabajo, el que se discute cuando alguien dice que "el permiso empieza el día de la boda". Con la sentencia del Supremo, ese día es tuyo. Si tu convenio cuenta el permiso en días laborables o lo hace empezar el día anterior a la boda, la cuenta mejora y se aplica el convenio.

Si la boda coincide con vacaciones o con una baja

Aquí la respuesta es menos cómoda. El Estatuto prevé que las vacaciones que coinciden con una incapacidad temporal se disfruten después (artículo 38.3), pero no dice nada parecido de los permisos. Y el Tribunal de Justicia de la UE, en la sentencia de 4 de junio de 2020 (asunto C-588/18), dijo que el Derecho europeo no se opone a una normativa que no permite reclamar los permisos retribuidos en días de trabajo cuando el hecho ocurre durante el descanso semanal o las vacaciones. Los permisos, según el tribunal, están "indisociablemente ligados al tiempo de trabajo".

Para la baja médica hay una sentencia que lo aplica de frente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en su sentencia 219/2019, de 27 de junio, negó el permiso a un trabajador que se casó durante una incapacidad temporal y lo pidió al recibir el alta, casi dos años después. Explicó que la baja justifica que siga cobrando, pero no "que sea trasladado un motivo concurrente de ausencia al trabajo para cuando desaparezca la razón concurrente", y que la sentencia del Supremo de 2018 trata de otra cosa: del primer día cuando la boda cae en festivo. El propio tribunal subrayó que resolvía el caso concreto, con una baja muy larga.

La consecuencia práctica es de calendario: pide el permiso a partir de la boda y coloca las vacaciones detrás, no delante. Si te vas de vacaciones antes de la boda y te casas en mitad de ellas, el Estatuto no te garantiza recuperar los días de permiso después. Lo que sí está protegido son las vacaciones que coinciden con una baja: esas se mueven. Las reglas de la nómina durante la baja están en la nómina de un mes de baja.

La pareja de hecho: registro, no convivencia

El hecho que da el permiso es el "registro de pareja de hecho", no el inicio de la convivencia ni un documento privado. La fecha que cuenta, por tanto, es la de la inscripción, y es la que tendrás que justificar con el certificado del registro.

La pregunta que más se repite es qué pasa si te registras como pareja de hecho y después te casas con la misma persona. El Estatuto no lo resuelve: da el permiso por cualquiera de los dos hechos y no dice nada de la sucesión. Antes de la reforma de 2023, el TSJ de Cataluña lo negó en su sentencia 2703/2018, de 7 de mayo: según el resumen de la sentencia publicado por el despacho Martín Parés, el tribunal dijo que "no parece acorde con la finalidad de la norma" disfrutarlo dos veces "cuando se está unido a la misma persona". El Estatuto actual sigue sin decirlo. Si estás en ese caso, cuenta con que la empresa te lo discuta.

Lo que circula y no es así

  • "Son quince días laborables." No por el Estatuto, que dice "naturales" con todas las letras. La confusión viene del permiso por fallecimiento y del de hospitalización, que hablan solo de "días" y que el Supremo ha mandado contar en jornadas de trabajo. Si tu convenio los da en laborables, mejora la ley y se aplica el convenio: quince días laborables son tres semanas de calendario con jornada de lunes a viernes.
  • "El permiso empieza siempre el día de la boda." Solo si ese día trabajas. Si la boda cae en tu día de descanso, el primer día del permiso es el primer laborable siguiente, según la sentencia 145/2018. La regla vale también si trabajas a turnos: lo que cuenta es tu calendario, no el fin de semana de la mayoría.
  • "Lo puedes coger cuando quieras dentro del año." No. El Estatuto lo liga a la boda y los tribunales han rechazado separarlo de ella. Esa flexibilidad, cuando existe, la da el convenio.
  • "La pareja de hecho no tiene permiso." Lo tiene desde el Real Decreto-ley 5/2023, con los mismos quince días naturales, si la pareja se inscribe en el registro.
  • "Los festivos dentro del permiso se recuperan." No. Son días naturales del permiso y lo consumen. Por eso una boda la víspera de un puente cubre menos días de trabajo que la misma boda una semana después.

Cómo pedirlo, en este orden

  1. Avisa por escrito con antelación. El artículo 37.3 exige "previo aviso", sin plazo. Una boda se sabe con meses de margen: comunica las fechas por correo o por el portal de la empresa en cuanto las tengas.
  2. Cuenta desde el primer día laborable. Si la boda es en sábado y trabajas de lunes a viernes, el permiso empieza el lunes y termina el lunes de dos semanas después. Pon las dos fechas en el aviso.
  3. Mira tu convenio antes de cerrar fechas. Puede dar más días, contarlos en laborables, dejar empezar el día anterior o permitir aplazarlos. Lo que diga de más se suma.
  4. Engancha las vacaciones detrás, si las quieres. Pídelas para después del permiso, en el mismo escrito. Las vacaciones se fijan de común acuerdo con la empresa (artículo 38.2), así que no las des por concedidas.
  5. Entrega el justificante. El certificado de matrimonio, el libro de familia o el certificado de inscripción de la pareja de hecho.
  6. Revisa la nómina de ese mes y la del siguiente. Quince días naturales pueden repartirse entre dos nóminas. En ninguna de las dos debe faltar nada.

Qué tiene que salir en la nómina

Nada distinto de un mes normal. El permiso es "con derecho a remuneración" y el artículo 26.1 del Estatuto considera salario lo que retribuye "los periodos de descanso computables como de trabajo". El salario base y los complementos fijos tienen que aparecer completos en los devengos, y se cotiza y se retiene IRPF igual que cualquier otro mes.

Si la empresa lo trata como ausencia sin sueldo, lo verás como un salario base recortado o una línea de "descuento por ausencias". Con 1.800 € al mes, cada día equivale a 60 € (el mes dividido entre treinta):

Quince días descontados: 15 × 60 € = 900 € Solo el día de diferencia por contar desde la boda en sábado: 60 €

Una ausencia no retribuida se descuenta con otras reglas, que pueden arrastrar parte del descanso semanal; están en el descuento por un día de huelga. Nada de eso cabe en un permiso retribuido, y tampoco que te lo resten de las vacaciones si no las pediste. Para reclamar, escribe a la empresa con el aviso, el justificante y la cita del artículo 37.3.a; el procedimiento y el plazo de un año están en los errores frecuentes de la nómina.

Cuándo no se aplica esta regla

  • Personal funcionario. Se rige por el artículo 48.l del Estatuto Básico del Empleado Público: quince días por matrimonio o por "registro o constitución formalizada por documento público de pareja de hecho". El texto dice "quince días", sin la palabra "naturales", y añade la pareja constituida ante notario, que el Estatuto de los Trabajadores no menciona.
  • Convenio más favorable. Si tu convenio da más días, los cuenta en laborables o permite aplazarlos, se aplica en lo que mejore la ley. No puede dejarte por debajo de quince días naturales.
  • Trabajo por cuenta propia. Los autónomos no tienen permiso retribuido: nadie les paga esos días.
  • La boda de un familiar. No da permiso legal. Solo el que fije tu convenio, si lo fija.

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar el permiso antes de la boda?

No por el Estatuto. El permiso se concede por el matrimonio, y el Supremo ha dicho que solo puede disfrutarse "a partir de la producción del hecho que lo motiva". Algunos convenios lo permiten: el que examinó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2020 daba los quince días "desde el momento del hecho causante, o el día inmediatamente anterior al mismo, a elección del trabajador". Si tu convenio no dice nada parecido, el día previo a la boda tendrás que pedirlo como vacaciones o como asuntos propios.

¿Puedo coger los quince días unos meses después, para el viaje?

La ley no lo prevé. El permiso está ligado a la boda y se disfruta a partir de ella. Los tribunales han rechazado reclamaciones que separaban el permiso del hecho: el TSJ de Cataluña exigió en 2013 "una cierta proximidad temporal" y denegó una petición hecha cinco meses después del registro de la pareja. Lo que sí puedes hacer es encadenar vacaciones al final del permiso, si la empresa las acepta en esas fechas. Si tu convenio permite aplazarlo, se aplica el convenio.

¿Tengo derecho a permiso si se casa mi hermano o mi hijo?

No por el Estatuto: el artículo 37.3 no recoge ningún permiso por la boda de un familiar. Muchos convenios sí lo hacen, normalmente con un día, a veces solo si la boda cae en día laborable. El convenio que llegó al Tribunal de Justicia de la UE en 2020, por ejemplo, permitía usar un día adicional de licencia por el "matrimonio de parientes hasta 2.º grado por consanguinidad o afinidad". Busca en el tuyo el artículo de licencias.

¿Necesito una antigüedad mínima en la empresa?

No. El artículo 37.3 no exige antigüedad: lo tienes desde el primer día de contrato, también si es temporal o a tiempo parcial. Lo que exige es "previo aviso y justificación". Si te casas a la semana de empezar, tienes los mismos quince días que alguien con veinte años en la empresa.

¿Qué documento tengo que presentar?

La ley pide justificación sin decir cuál. Lo habitual es el certificado de matrimonio o el libro de familia, y para la pareja de hecho, el certificado de inscripción en el registro. Si el convenio exige un documento concreto, es ese. Avisa con antelación, por escrito si puedes, de las fechas que vas a usar; la boda suele saberse con meses de margen.

¿Me corresponde otra vez si me caso por segunda vez?

Sí. El Estatuto da el permiso "en caso de matrimonio", sin limitar cuántas veces. Cada matrimonio es un hecho causante nuevo. La duda razonable está en otro caso: registrarse como pareja de hecho y casarse después con la misma persona, que se explica más abajo.

Fuentes

Las cifras de esta página proceden de normativa publicada y de organismos oficiales. Enlazamos la fuente para que puedas comprobarlas tú.

  1. Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, artículos 26.1, 37.2, 37.3 y 38.3, BOE. Quince días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho (37.3.a); fiestas laborales (37.2); salario de los periodos de descanso computables como de trabajo (26.1); vacaciones coincidentes con incapacidad temporal (38.3). Texto consolidado con última actualización publicada el 3 de octubre de 2026 Consultar Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, artículos 26.1, 37.2, 37.3 y 38.3
  2. Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, BOE. Nueva redacción del artículo 37.3 del Estatuto, que añade el registro de pareja de hecho a la letra a Consultar Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio
  3. Sentencia del Tribunal Supremo 145/2018, de 13 de febrero, Sala de lo Social, recurso 266/2016, CEF, laboral-social.com (texto del CENDOJ). Si el hecho causante ocurre en día no laborable, el permiso por matrimonio, nacimiento o fallecimiento empieza el primer día laborable que le siga; el cómputo del permiso ya iniciado es una cuestión distinta Consultar Sentencia del Tribunal Supremo 145/2018, de 13 de febrero, Sala de lo Social, recurso 266/2016
  4. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de junio de 2020, Gran Sala, asunto C-588/18, CEF, laboral-social.com. La Directiva 2003/88 no se aplica a una normativa que no permita disfrutar los permisos retribuidos en días de trabajo cuando el hecho ocurre durante el descanso semanal o las vacaciones; recoge el artículo 46 del convenio colectivo de 13 de julio de 2016 Consultar Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de junio de 2020, Gran Sala, asunto C-588/18
  5. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares 219/2019, de 27 de junio, recurso 147/2019, CEF, laboral-social.com. Un trabajador que se casa estando en incapacidad temporal no puede disfrutar el permiso por matrimonio tras el alta, salvo que lo prevea el convenio Consultar Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares 219/2019, de 27 de junio, recurso 147/2019
  6. Permiso de 15 días por pareja de hecho: alcance, límites y doctrina judicial, Martín Parés Abogados. Resumen de las sentencias del TSJ de Cataluña 2703/2018, de 7 de mayo (no cabe disfrutar el permiso dos veces con la misma persona) y 8352/2013, de 18 de diciembre (proximidad temporal entre el hecho y el permiso) Consultar Permiso de 15 días por pareja de hecho: alcance, límites y doctrina judicial
  7. Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 5/2015, artículo 48.l, BOE. Permiso de quince días del personal funcionario por matrimonio o por registro o constitución formalizada por documento público de pareja de hecho Consultar Estatuto Básico del Empleado Público, Real Decreto Legislativo 5/2015, artículo 48.l

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